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In article <duv9ii$r7k$1@xxxxxxxxxxx>, Tiberio <pmenchen@xxxxxxxx>
wrote:
> Xavier Llobet escribió:
> > No existe el "delito" de terrorismo. O sea, no hay acto terrorista que
> > no sea delito bajo otro punto de vista. Si lo hay, te agradecería
> > contraejemplos.
>
> Te equivocas, artículos 571 del Código Penal hasta el 580
>
> SECCIÓN 2. DE LOS DELITOS DE TERRORISMO.
> Artículo 571.
>
> Los que perteneciendo, actuando al servicio o colaborando con bandas
> armadas, organizaciones o grupos cuya finalidad sea la de subvertir el
> orden constitucional o alterar gravemente la paz pública, cometan los
> delitos de estragos o de incendios tipificados en los artículos 346 y
> 351, respectivamente, serán castigados con la pena de prisión de quince
> a veinte años, sin perjuicio de la pena que les corresponda si se
> produjera lesión para la vida, integridad física o salud de las personas.
¿Sabes leer?
"Los que [...] cometan los DELITOS de estragos o de incendios ...."
O sea, los delitos de terrorismo son los DELITOS ya definidos en los
artículos 346 y 351 pero "cuya finalidad sea la de subvertir ..."
_x.
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